What majority do extraordinary-assembly decisions need?
Article 1023 says an extraordinary meeting may be held with the owners who attend, but its agreements are valid only if owners representing at least 75% of the rights in the condominium approve them. That approval may be completed within the following thirty calendar days by absent owners who authentically say they know the agreements and approve them.
Sources
- Código Civil de Jalisco, arts. 1001-1038
Por lo que se refiere a la asamblea extraordinaria, podrá celebrarse con el número de condóminos
que asistan, pero sólo serán válidos los acuerdos que en ella se tomen, si son aprobados por
condóminos que representen cuando menos el setenta y cinco por ciento de los derechos sobre el
condominio. Esta aprobación se tendrá, ya sea mediante asamblea en la que concurran condóminos
cuyos votos representen tal porcentaje, o se complementen en los siguientes treinta días naturales a
su celebración, con condóminos ausentes a la asamblea, quienes en forma auténtica se manifiesten
sabedores de los acuerdos tomados y los aprueben.
