Are the maintenance quotas paid in advance?
Yes. Article 1028 of the Civil Code says the quotas owed by the owners must be paid in advance on the set date.
Sources
- Código Civil de Jalisco, arts. 1001-1038
STATE: Jalisco
Artículo 1028.- Las cuotas a cargo de los condóminos deberán pagarse por adelantado,
precisamente en la fecha establecida y, en caso de no hacerse, se pagará como perjuicio hasta la
cantidad que resulte de considerar el tipo de interés moratorio promedio que se fije por las dos
mayores instituciones de crédito en el país, en préstamos ordinarios quirografarios a treinta días,
según se determine en el reglamento.
