What majority amends the internal bylaws?
Article 10 says any change to the internal rules is agreed at an extraordinary general meeting and must be approved by at least the favorable vote of fifty percent of the condominium’s total undivided share.
Sources
- Ley de propiedad en condominio de Nuevo León
VI.- Las resoluciones de las Asambleas Generales deberán aprobarse por Mayoría Simple,
excepto en las que la presente Ley, la Escritura Constitutiva o el Reglamento Interno establezca
requieren aprobarse por un porcentaje mayor; - Ley de propiedad en condominio de Nuevo León
STATE: Nuevo León
Artículo 10.- Cualquier modificación al Reglamento Interno se acordará en Asamblea General
Extraordinaria y deberá ser aprobada por lo menos con el voto favorable del cincuenta por ciento
del Proindiviso total del Condominio. - Ley de propiedad en condominio de Nuevo León
I.- Modificar la Escritura Constitutiva o el Reglamento Interno;
